Agenda feminista 2021: economía del cuidado y licencia por paternidad

23 de enero, 2021 | 19.00

 

Los grandes cambios sociales y culturales de las últimas décadas han generado transformaciones tanto en la vida material como en la subjetividad, colectiva e individual. Desde esta perspectiva Argentina se ha posicionado como cabecera y referente en la lucha por los Derechos Humanos y la conquistas sociales y culturales. La Ley de Matrimonio Igualitario en 2010 y la Ley de Identidad de género en 2012 constituyen normativas pioneras en el mundo. Con la Ley Nro.  27.610 de Regulación del Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, Argentina se unió a Uruguay, Cuba, Guayana , y ciudad de México, y se incorporó al reducido grupo de países que reconocen el derecho de las personas gestantes a decidir.  A partir de la presentación y el impulso del proyecto por parte del Ejecutivo Nacional, se reconoce una lucha política que habían empezado décadas atrás las mujeres en las calles.

Sin embargo en Argentina los avances en su dimensión progresiva o de carácter expansivo en el camino por mitigar las desigualdades de género, no son tan promisorios con respecto a aspectos económicos, la propiedad privada, y el mundo del trabajo. Las relaciones asimétricas entre hombres y mujeres atraviesan las diferentes formas de percepción y organización de la vida social, en aspectos como recursos materiales y simbólicos, conocimientos, propiedades, oportunidades, responsabilidades y derechos. Desde esta perspectiva uno de los grandes temas que encabezará la agenda feminista de los próximos años es el cuestionamiento a la normativa laboral vigente enfocada hacia la “protección a la maternidad” que reproduce las desigualdades en el mercado de trabajo.

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¿Qué pasa con la protección de la paternidad?

La extensión de la licencia por paternidad es un reclamo legítimo que puede ser el puntapié inicial de una discusión integral. En términos concretos Argentina se encuentra alejada de los estándares que recomiendan los organismos internacionales, y con respecto a América Latina es uno de los países con menos días de licencia. Durante el siglo XX la mayor parte de las políticas tendieron a reforzar la familiarización y la feminización del cuidado. Según la Ley de contrato de Trabajo (LCT) Nro.  20744, que fue sancionada en 1974, a las mujeres les corresponden 90 días pagos de cese de la actividad laboral , 30 - 45 antes del nacimiento y los restantes después. Además incluye para la madre el derecho a excedencias de tres a seis meses sin goce de sueldo con obligación para el empleador de conservar el trabajo, una hora diaria por lactancia durante el primer año, y la protección por despido durante el embarazo y los siete meses y medio posteriores al parto.

Sin embargo para los varones contempla solo 2 días de permiso. Para tomar noción de su insuficiencia se puede hacer alusión a las cesáreas, que en nuestro país  representan el 40% de los nacimientos.  En el caso de que una persona gestante necesite o elija el procedimiento, el período de internación será superior a los dos días, y la Ley no los contempla para el padre. Ni siquiera en caso de fallecimiento de la persona gestante tras el parto, al padre le corresponde un permiso laboral para el cuidado del recién nacido, derecho que sí existe en países como Chile. Además la Ley sólo tiene en cuenta a parejas heterosexuales, lo que no concuerda con las nuevas conformaciones familiares que sí son contempladas en la Ley de Matrimonio Igualitario o la Ley Identidad de Género. Lo mismo ocurre con la solicitud del permiso por adopción de 90 días que puede obtenerse por homologación, por precedentes jurisprudenciales, solo para las mujeres, aunque la Ley de Adopción vigente contempla como posible adoptante a un varón soltero. Se hace evidente la necesidad urgente de una reformulación.

Licencia por paternidad: avances y limitaciones

En los últimos años se han incorporado reformas en el ámbito público en dos provincias. En Tierra del Fuego por ejemplo la Ley provincial Nro. 911/2013 implementó la llamada “licencia familiar” que otorga a las trabajadoras una licencia por nacimiento de 180 días con la opción de que los últimos 90 puedan ser usufructuados por su conviviente o cónyuge (sin género). En Río Negro la Ley provincial Nro. 5348 que reglamenta el Régimen de Licencia Familiar por nacimiento y licencia por maternidad/paternidad para lxs agentes públicos otorga 180 días corridos para las mujeres y 15 días corridos para los varones. Si bien estas experiencias resultan interesantes, no plantean una discusión profunda de fondo sobre las nociones de cuidado y se limitan exclusivamente al ámbito del empleo estatal. La actividad privada todavía las mira de lejos.

Desde el lado del reclamo de los trabajadores y las trabajadoras formales, la herramienta principal que tienen es la negociación colectiva. En los últimos años esta dinámica se ha fortalecido, pero los temas de género y una mayor equidad aún no son parte vertebral de la agenda sindical. Existen algunas experiencias rescatables en la negociación de los Convenios Colectivos de Trabajo –CCT: la Federación Argentina de Agentes de Propaganda Médica amplió la licencia por paternidad a 10 días corridos ; el Sindicato de Empleados de Comercio negoció una licencia por paternidad de 14 días corridos para los empleados varones; y otros gremios como la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas o la Asociación de Personal Técnico Aeronáutico y la Sociedad Aguas de Tucumán extendieron la licencia por paternidad a 5 días; entra otras.

La casi inexistencia de la Licencia por paternidad actúa en dos aspectos diferentes perpetuando la desigualdad. En principio insiste en el rol de la mujer como única responsable del cuidado y funciona como mecanismo legitimado por “costumbre” para garantizar el mantenimiento de los estatus relativos entre los términos de género. Y por otro lado condiciona las posibilidades de crecimiento y desarrollo profesional de una mujer, ya que en el marco de un proceso de  selección para un puesto de trabajo muchas mujeres no son contratadas ante la posibilidad de quedar embarazadas.

El paradigma del cuidado y la feminización de las tareas del hogar

La reproducción del paradigma que vincula las tareas domésticas a lo femenino es constitutiva de una trama de violencia que es el mas eficiente de los mecanismos de control social y reproducción de las desigualdades. Su fuerza reside en su creación en los espacios de sociabilidad a partir de  escenas cotidianas, y la construcción de una narrativa centrada en un componente afectivo, es decir que disfraza ciertos comportamientos con la figura del amor. A través de dichos procesos se reproducen los valores aceptados mayoritariamente en la sociedad que sustentan una clara diferenciación de las funciones entre los sexos y una estructura piramidal. Por  su nivel de omnipresencia en todas las instituciones sociales, incluso el Estado, es sumamente eficaz en el control de las categorías. 

Pero “eso que llaman amor es trabajo no remunerado”. Como producto de la pandemia y las medidas de aislamiento social, en los últimos meses aumentó la cantidad de tareas del hogar que realizan las mujeres. Según un estudio de UNICEF-Argentina si antes las mujeres se encargaban del 68% de las tareas, con la llegada del Covid esa cifra subió a 71%. Más de la mitad de las encuestadas para la investigación afirmó que con el aislamiento advirtió una mayor sobrecarga de tareas y limpieza, y sobre todo con el cuidado de lxs hijxs. Lo que para muchxs puede parecer natural debe entenderse en términos sociales, en relación a divisiones institucionales entre la esfera doméstica y la pública. Justamente en el ejercicio de las tareas en el hogar y el cuidado, que se naturalizan como femeninas desde los procesos de socialización, se inicia una distribución inequitativa en el manejo del tiempo, los deseos, el dinero y las oportunidades que será diferente para mujeres, varones y disidencias.

El paradigma de la Economía Feminista cuestiona la visión ortodoxa de la Economía de Mercado que se centra en la reproducción del capital, y plantea la necesidad de poner en el centro del análisis la sostenibilidad y reproducción de la vida. En este marco las tareas del cuidado resultan cruciales y deben analizarse en términos políticos. Valeria Esquivel, Coordinadora de investigación en Género y Desarrollo en el Instituto de Inves­tigación de las Naciones Unidas para el Desarrollo Social, plantea que si bien “el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado producen valor" (y puede considerarse productivos), ese valor es invisible a los cálculos estándar del producto total. Desde esa lectura, como el cuidado no es “valorado ni reconocido” por el Mercado, prevalece una desigualdad entre hombres y mujeres en los hogares y en la sociedad en general. La tarea de visibilización de lo que implica el cuidado y el cuestionamiento de lo que históricamente funciona como dado, son los primeros pasos para su desnaturalización.

El mercado de trabajo y la feminización de la pobreza

Las regulaciones laborales en Argentina, materializadas en normas de discriminación indirecta o invisible, obstaculizan la igualdad de trato de las trabajadoras. La legislación dedica a la mujer algunas normas de excepción en relación al sexo, el estado civil y la maternidad. Las “protecciones”  dirigidas exclusivamente a la mujer y a la maternidad terminan influyendo de forma directa en la relación de trabajo y en las oportunidades de acceder a un empleo, conservarlo y crecer profesionalmente. El abogado laboralista Mario Ackerman explica que la construcción de roles de género y el limitar la posibilidad de emplearse en algunas tareas de la mujer “restringe su derecho de elegir una ocupación adecuada a sus aptitudes y necesidades, evidenciando en la prohibición un contenido claramente discriminatorio”.

La mujer está en desventaja tanto para aspirar a un empleo como para progresar en él, e incluso para obtener una remuneración similar a la del hombre. En relación a la “idea de maternidad”, cuestiones como la obligación de habilitar guarderías o salas maternales, las franquicias horarias, etc. , significan un gasto extra para el empleador que hará que se desaconseje la contratación de mujeres. Ante la disyuntiva de contratar a un varón o una mujer, se seleccionará al primero quien podrá realizar diversas tareas, en una amplia gama de horarios, sin riesgo de embarazo. Esto se combina con la inexistencia de la Licencia y las pocas ventajas y facilidades que se le proporcionan al padre en las mismas condiciones para permanecer en el hogar o asumir el ejercicio de la paternidad.

Esta situación termina con la expulsión de muchas mujeres hacia el mercado laboral informal o la desocupación, que suele coincidir con el período de crianza de lxs hijxs, lo que refuerza situaciones de vulnerabilidad para las madres trabajadoras y sus familias. Según información del Ministerio de Trabajo de la Nación cerca del 40% de las mujeres que trabajan lo hacen sin protección social, sobre todo en el sector privado, y también son mayoritariamente las mujeres quienes conforman el grupo de menores ingresos. Muchos de los aspectos constitutivos de la brecha de género están condicionados por la división sexual del trabajo, la diferenciación entre la esfera de lo público y lo privado, lo que se considera trabajo remunerado o no remunerado, y la distribución de los roles asignados para varones y mujeres.

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Fabiana Solano

Soy Socióloga (UBA) y periodista (ETER). Intento correrme de la agenda vertiginosa para profundizar en la realidad social, la cultura y la política. Como socióloga he estudiado y escrito sobre temas como la desigualdad social, la pobreza, la exclusión y la discriminación. En la actualidad me dedico mayormente a estudiar el fenómeno de tecnologías de comunicacion, plataformas, redes sociales y sus efectos sobre la subjetividad. Como periodista he trabajado y colaborado en varios medios de comunicación como Cítrica, Kamchatka, FM La Patriada, AM530, Tv Pública y El Destape.