Milei busca la impunidad de Caputo y Sturzenegger en la causa FMI

En un decreto nocturno apartó a los abogados del Estado del caso más relevante que tiene el país: la deuda con el FMI, tomada de forma ilegal y que se fugó. La complicidad de la jueza Capuchetti y la resistencia del fiscal Picardi.

06 de febrero, 2026 | 21.35

Javier Milei decidió, por decreto, correr al Estado de la causa judicial más importante que existe hoy en los tribunales: la que investiga la deuda contraída durante el gobierno de Mauricio Macri con el FMI, un entramado delictivo que combina el incumplimiento de todas las normas para el endeudamiento y negocios financieros con ese dinero para corporaciones y amigos.

La maniobra del presidente, el jueves por la noche, fue en sincronía con la jueza María Eugenia Capuchetti, que el lunes, primer día judicial del año, dispuso el archivo del caso sin investigar ni tener en cuenta ninguna de las pruebas que abundan en el expediente. Milei sacó a los abogados del Estado del caso para que no apelen, pero sí lo hizo el fiscal Franco Picardi, en un duro dictamen donde demuestra que la jueza Capuchetti “deliberadamente” descartó evidencias y legitimó la violación de la Constitución y las leyes para proteger a quienes la colocaron en su momento en Comodoro Py.

En este entramado ilegal, según lo definió el fiscal Picardi, hay tres funcionarios importantes del gobierno de Milei. Uno es Luis Caputo, ministro de Economía; otro Federico Sturzenegger, ministro de Regulación a Favor de Empresas Amigas; el tercero es Santiago Bausili, presidente del Banco Central. Son, junto a Macri y otros ex funcionarios de su gobierno, quienes pergeñaron el mayor desfalco de la historia, con la toma de una deuda que sabían impagable y la posterior fuga de ese dinero, todo de forma consciente y coordinada.

Que se caiga

¿Por qué Milei aparta al Estado de la querella de esta causa clave justo ahora? La excusa que pone en los fundamentos del decreto es que coinciden con la interpretación de la jueza Capuchetti de que la deuda con el FMI fue una decisión de política económica "no judiciable" y agrega que la Procuración del Tesoro, cabeza de los abogados del Estado, no es especialista en temas penales. Pero todo es falso: las decisiones de política económica no son judiciables siempre y cuando se ejecuten de forma legal y lo que consta en el expediente es que la deuda con el FMI no cumplió ninguna norma, que no hubo ni siquiera un expediente para justificarla y que, describe el fiscal Picardi, fue "un esquema delictivo de defraudación" que operó "destinando de manera ruinosa las sumas obtenidas a cuestas del endeudamiento estatal al financiamiento y profundización del proceso de fuga de capitales, en beneficio de grupos privados concentrados y en perjuicio del erario público". Que no tiene capacidad para intervenir en causas penales es otro verso: el Procurador es el jefe del Cuerpo de Abogados del Estado que integran las áreas jurídicas de todos los organismos públicos y le sobran penalistas. 

Es evidente que Milei quiere que el caso se caiga. Al retirar al Estado como querellante solo queda el impulso que le pueda dar el fiscal Picardi, pero nada garantiza que los fiscales de las instancias superiores tengan la actitud díscola que lo caracteriza.

Deuda para los ricos

En su dictamen, el fiscal Picardi pone el eje en el vínculo entre Sturzenegger, Caputo y Sandleris con Macri, al punto que no existía ninguna independencia del Banco Central. Y dice que esto es clave: “No es posible para esta fiscalía ignorar las relaciones viciadas que se desarrollaron entre el PEN y el BCRA, las cuales fueron fundamentales para alcanzar la toma de la deuda y luego desarrollar su administración ruinosa y discrecional en la medida que, de manera coordinada, funcionarios/as de ambas esferas fusionaron sus facultades de manera abusiva en pos del mismo objetivo: endeudar al Estado exponencialmente para el beneficio de un reducido sector privado de interés. Esto no fue siquiera analizado en el fallo que cierra el caso”. El fiscal cree que no solo tienen que reabrirse la investigación sino que Macri, Caputo, Sturzenegger, Bausili y demás fueron parte de un “Esquema delictivo” y que tienen que ser llamados a indagatoria.

El gobierno de Milei abunda en anuncios de auditorías sobre pensiones por discapacidad, comedores y demás. No las hace, pero cuando se topa con una auditoría real, como la que hizo la Auditoría General de la Nación (AGN) sobre la deuda con el FMI, la ignora. Y ahora más: decide no impulsar el expediente donde esa auditoría es clave ya que muestra que la mayor deuda de la historia se tomó por fuera de la ley, sin un expediente que la justificara, sin evaluaciones de la viabilidad de pagarla, con intervención de funcionarios que no tenían potestad de endeudar al país y sin firma del presidente Macri, sin pasar por el Congreso, con desembolsos sin trazabilidad y muchas cosas más.

La jueza PRO-SIDE

La jueza Capuchetti fue la última en llegar a Comodoro Py. En el concurso no le fue bien, pero subió en el escalafón luego de varias visitas a la SIDE macrista -publicadas por El Destape- y con el padrinazgo de Daniel “Tano” Angelici, que aún no explicó porqué la casa de los espías le pagaba un celular si no era funcionario. A Capuchetti le tocó, justo, intervenir en las dos más relevantes de los últimos tiempos: el intento de magnifemicidio de CFK y la causa por la deuda con el FMI. En ambas hizo lo mismo: las balcanizó para direccionarlas en función de los intereses de sus titiriteros. En el caso de CFK no cuidó las pruebas, la diseccionó arbitrariamente para que el caso pareciera un hecho de inseguridad común sin terminales políticas ni económicas y cerró la pesquisa en el autor material sin indagar nada más pese al sinnúmero de evidencias que pueblan el expediente. En el caso del FMI, acaba de hacer lo mismo. O peor, porque directamente archivó el caso para proteger a todos los involucrados.

El fiscal Picardi apeló el cierre de la causa con un duro dictamen donde afirma directamente que la jueza Capuchetti omitió “deliberadamente” pruebas y evidencias de este enorme desfalco para el país y negocio para unos pocos. Desde el inicio describe esa balcanización que caracteriza a Capuchetti así: “la magistrada realiza una evaluación parcial, desmembrada, sesgada y superficial de los hechos y pruebas” y “una valoración fragmentaria y aislada del material probatorio, al analizar de manera individual y solapada las distintas acciones que, en verdad, se concatenan entre sí para materializar la toma del empréstito con el FMI y la administración de esas divisas, sin efectuar una apreciación conjunta, integral y contextual de todos los elementos reunidos en la causa”.

El fiscal afirma que hay evidencia “ignorada deliberadamente por la magistrada. Agrega, valga la redundancia, que Capuchetti ignoró en forma deliberada líneas de investigación importantes. Y que el fallo de Capuchetti “no cumple con las exigencias mínimas de fundamentación: menciona hechos de manera aislada como si no fueran parte de un mismo esquema delictivo, tal como ha sostenido esta sede fiscal; utiliza opiniones para determinar qué parte de estas acciones no constituyen delitos, ya que otras no son analizadas; no utiliza prueba directa para rebatir las acusaciones; y, además trae como referencia segmentos de evidencia -con bajo nivel de credibilidad- para justificar de manera sesgada el archivo”. 

Ilegal, insostenible e incontrolable

La investigación por la deuda con el FMI que Milei busca trabar tiene 3 ejes:

  1. Que se tomó una deuda insostenible sin cumplir con ninguna ley;
  2. Que la deuda fue para la fuga “en beneficio de grupos privados concentrados y en perjuicio del erario público”;
  3. Que esos miles de millones de dólares se administraron de forma “ discrecional y/o fraudulenta (…) imposibilitando su control transparente y su trazabilidad”.

Los responsables: Macri, Caputo, Sturzenegger, Bausili, Nicolás Dujovne, Guido Sandleris y otros funcionarios de segunda línea.

La cantidad de pruebas que Capuchetti decidió, en palabras del fiscal Picardi, “deliberadamente ignorar” incluyen:

  1. El incumplimiento de la Constitución, la ley de Administración Financiera, la ley de Ética Pública y resoluciones del Ministerio de Economía. Capuchetti dijo que el no cumplimiento de las leyes eran meras cuestiones formales y subsanables. Picardi refuta que “reflejan la intención de los/as funcionarios/as del PEN y del BCRA de incumplir la normativa, a la cual se encontraban obligados/as, para obtener el crédito en un plazo sumarísimo a los fines de que el Estado se haga de divisas, que luego ellos mismos administrarían para el beneficio de unos pocos sectores concentrados y en perjuicio del patrimonio nacional
  2. Falta de intervención del Congreso Nacional
  3. Falta de intervención formal del Presidente Macri
  4. Falta de intervención del Jefe de Gabinete de Ministros Marcos Peña
  5. Falta de intervención formal del entonces Ministerio de Finanzas e incompetencia del Ministerio de Hacienda. Por la división que estableció Macri, el responsable de la deuda era el Finanzas, pero todo lo manejó Hacienda.
  6. Expediente simulado con posterioridad a la firma del acuerdo. Este punto es clave, ya que tomaron la deuda con el FMI sin un solo papel y hicieron a posteriori un expediente mediante el cual se intentó emular un proceso administrativo que en verdad se encontraba por fuera de los márgenes legales”, según señala Picardi. En base a la investigación de la AGN, el fiscal Picardi muestra que el acuerdo con el FMI se aprobó el 20 de junio de 2018 y que el inicio del expediente en el Ministerio de Hacienda fue al día siguiente. Para peor, dice que “obran dictámenes de fechas posteriores a la aprobación del crédito, en los cuales se evalúa su supuesta viabilidad”. O sea, evaluaron si era viable después de endeudar a generaciones.Solo obran en este expediente informes posteriores a la consumación del acuerdo, mediante los cuales se intenta, de alguna manera, respaldar la decisión adoptada”, remata Picardi. Hicieron el expediente para justificar el desfalco. El fiscal afirma que todo fue a propósito: “En este escenario, sería cuanto menos inapropiado sostener que todo esto constituye una mera informalidad, o negligencia o imprudencia. Por el contrario, cada una de estas ilegalidades fue necesaria e indispensable para acceder al préstamo del FMI en las condiciones en las que las máximas autoridades del PEN y del BCRA accedieron. Es decir, de manera expedita, sin controles técnicos, sin evaluaciones, sin cumplir con las reglamentaciones para la toma de deuda pública y también emulando el trámite de un expediente administrativo.” “Y nuevamente, todo lo mencionado fue deliberadamente dejado al margen por la jueza en su resolutorio, lo que demuestra su arbitrariedad.”, cierra este capítulo Picardi.
  7. Inexistencia del informe del Banco Central sobre la balanza de pagos, es decir, cómo se iba a pagar esta deuda.El dictamen mencionado del BCRA -señala Picardi-, de forma previa a la aprobación de un crédito con un organismo internacional, es obligatorio y de vital importancia, toda vez que permite identificar, entre otras cuestiones, los riesgos del endeudamiento, el efecto en la administración de las reservas, la capacidad de pago del país, en este caso, en moneda extranjera, y, en concreto, la sostenibilidad de la deuda”. Y agrega: “La inexistencia de este dictamen fue un paso crucial para avanzar en el esquema defraudatorio, dado que, de contar con el informe aludido, se debería haber concluido que la deuda -por su monto, moneda, plazo de ejecución y de reembolsos- era insostenible para la Argentina y de imposible pago con el perjuicio que ello generaría al país y a la sociedad en general” Al igual que en el Ministerio de Hacienda, en el Banco Central que manejaba Sturzenegger iniciaron un expediente después que el acuerdo con el FMI ya se había concretado y solo, describe el fiscal Picardi, porque “se pretendía similar un expediente administrativo respaldatorio de todo el actuar irregular y al margen de la normativa aplicable para contraer un crédito público ante un organismo como el FMI”. También señala que las autoridades del Banco Central participaron de las negociaciones con el FMI y “generaron informes intentando respaldar administrativamente el préstamo, de manera irregular y sin respaldo en los mecanismos establecidos legalmente. Todo lo cual fue avalado por las máximas autoridades del BCRA”. Es decir, por Sturzenegger y Caputo. “Ninguno de los dos funcionarios que desempeñaron el cargo de presidente del BCRA, primero Sturzenegger y luego Caputo, ordenaron la confección de este dictamen obligatorio cuando ellos suscribieron el acuerdo”, remarca el fiscal. Para Capuchetti no fue importante que el Banco Central no opinara sobre la deuda del país. El fiscal Picardi describe que “estas normas y procedimientos expresamente establecidos para asegurar la razonabilidad y la transparencia de las decisiones públicas relativas al crédito externo fueron incumplidas para garantizar un altísimo nivel de endeudamiento en un plazo sumarísimo, con un único fin: beneficiar la adquisición de divisas y la formación de activos externos de sectores privados concentrados”.
  8. Todo costó carísimo. Picardi describe todo el proceso de deuda y fuga y señala que “como consecuencia directa de todo este accionar, los/as funcionarios/as públicos/as a cargo del proceso descrito ocasionaron un perjuicio económico para el patrimonio público cuantificado en 29.618 millones de dólares (USD 29.618.000.000) por la Sindicatura General de la Nación. También, es posible afirmar que provocaron otros daños de compleja estimación patrimonial, entre otras cosas, como consecuencia de los efectos del endeudamiento tomado y sus consecuencias”. ¿Dónde está toda esa plata? 

La información que vuelca Picardi en su dictamen consta en el expediente hace rato, en especial el trabajo de la AGN. Lo notable es que la jueza Capuchetti no tomó en cuenta la auditoría oficial del organismo sino un voto en disidencia sobre esa auditoría que no tiene ninguna validez. Picardi le marca que “los votos en disidencia no reflejan la voz institucional de la AGN. El informe que debe ser considerado con fortaleza probatoria es aquel que emite el organismo con el voto mayoritario de los auditores y auditoras. Eso no es una cuestión opinable, es parte troncal de los informes que genera el organismo de contralor. No existe causa que resulte razonable para evadir los resultados de dicha auditoría y solo hacer referencia a los votos en disidencia. Tampoco la magistrada explica las razones de sus elecciones de análisis fáctico y probatorio, lo que lo transforma en un fallo sesgado y por lo tanto arbitrario”. O sea, no es que Capuchetti no leyó lo que mandó la AGN, lo que sería grave, sino que eligió ignorarlo. 

No judiciable

La otra excusa de la jueza Capuchetti para archivar el caso es que la deuda con el FMI fue una “cuestión política no judiciable”. Pero el fiscal Picardi aclara que “no se trata de políticas macroeconómicas: se trata de un posible esquema delictivo de defraudación” y escribe: “la señora jueza hizo referencia a la doctrina de las cuestiones políticas no justiciables, de manera genérica y sin relacionarla explícitamente con el caso en cuestión. No obstante, dijo que esta sede fiscal acusa por decisiones de política macroeconómica. Y aquí debo decir lo siguiente: no se acusa por la decisión de tomar un préstamo ante el FMI, esto queda por fuera de la órbita judicial penal, sino por las ilicitudes cometidas desde sus negociaciones y hasta la administración de sus divisas, porque se han podido acreditar, con los resguardos de esta instancia procesal, múltiples hechos delictivos. Hechos que la jueza tilda de insignificantes e ingenuos en su resolución”. En síntesis, una cosa es una decisión de política económica y otra incumplir las leyes para llevarla adelante.

Al archivar la causa la jueza Capuchetti reveló que no quiere investigar qué pasó con el dinero del FMI, con la malversación de caudales públicos. En su fallo, la jueza escribió: “Sin embargo, las acusaciones se basan exclusivamente en el supuesto apartamiento de los compromisos asumidos en los Memorándum de Políticas Económicas y Financieras suscriptos con el FMI, que constituyen documentos técnicos anexos a acuerdos internacionales, pero no normas jurídicas internas que establezcan con carácter obligatorio un destino específico para destinar los fondos. En ese sentido, aun cuando hipotéticamente se admitiera que las ventas de divisas realizadas por el BCRA pudieran haberse apartado de los lineamientos de política cambiaria consignados en el Acuerdo Stand By, dicha decisión constituiría - en todo caso- un eventual incumplimiento con el organismo internacional, descartándose de plano que tal desvío permita tener por acreditado el elemento del tipo objetivo bajo análisis”. El fiscal Picardi resalta que “al posible desvío de millonarios fondos públicos -cuyo destino se desconoce- la jueza tan solo lo considera, eventualmente, un incumplimiento contractual con el organismo multilateral de crédito”.

Esta pereza investigativa de la jueza Capuchetti no tiene justificación ni siquiera en el volumen de la información que consta en el expediente, ya que los beneficiarios de esta maniobra fueron pocos. El fiscal Picardi describe “la concentración de los actores que se hicieron de grandes sumas en divisas para su exteriorización en el período investigado, por un lado, y las posibles relaciones entre el actuar de los funcionarios públicos a cargo de la adquisición y gestión del préstamo con el FMI y las personas humanas y jurídicas que se beneficiaron en base a ello”. En números, detalla: “Me refiero a los 100 agentes que realizaron compras netas por USD 24.679 millones entre diciembre de 2015 y octubre de 2019; los 10 compradores que explican la FAE por un monto de USD 7.945 millones; las personas jurídicas que efectuaron compras netas de divisas por un monto de USD 41.124 millones; las empresas que realizaron las mayores transferencias netas de divisas al exterior; y también se aportó información sobre la persona física que habría realizado operaciones por la suma de USD 40,5 millones en el período de referencia. Esta información de suma importancia para la hipótesis criminal de la fiscalía anclada en la evidencia ya recolectada, no fue analizada ni valorada por la señora jueza en el auto que pone fin a la causa”.

En efecto, -sigue el fiscal- estos listados permiten indagar sobre quiénes conformaron el reducido grupo de empresas y personas que aprovecharon las ventajas transitorias de un modelo que ofrecía importantes rendimientos financieros; así como también, determinar los posibles vínculos y/o intereses de estos con los funcionarios del Gobierno que participaron del entramado ilegal”.

El artículo 195 del Código Procesal establece que “el juez rechazará el requerimiento fiscal u ordenará el archivo de las actuaciones policiales (…) cuando el hecho imputado no constituya delito o no se pueda proceder. La resolución será apelable por el agente fiscal y la parte querellante”. Para Capuchetti la violación sistemática de las leyes y el endeudamiento sin justificación y que se fugó no es delito; la parte querellante, que era el Estado, Milei lo apartó. Quedó, por el fiscal Picardi, que apeló. Pero la apuesta de Milei es que sus superiores no empujen el caso y finalmente todo quede en la nada.