Un fallo de Bolivia limita el período presidencial y peligra la candidatura de Evo

Según el texto, Evo Morales no podría ser candidato porque sería inconstitucional. El ex mandatario declaró que la resolución "va contra la propia Constitución" y que irá a los tribunales internacionales. 

14 de mayo, 2025 | 18.29
Evo Morales. Evo Morales.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia determinó este miércoles que los períodos presidenciales y vicepresidenciales solo pueden ser por dos gestiones, es decir "como máximo 10 años", citó el diario de Bolivia El Deber, lo que dejaría fuera de la carrera al ex presidente Evo Morales, que ya gobernó 13 años. El fallo del tribunal también afirma que la nueva disposición aplica para mandatos tanto "continuos o discontinuos". Así lo establece la sentencia constitucional firmada por los nueve magistrados luego de "un intenso debate" ayer martes y que se extendió hasta altas horas de la noche según agregó el medio citado.  

El fallo fue dictado a días de la inscripción de listas y con la candidatura de Morales en marcha. Por ello el ex mandatario, cargó contra el TCP en la red social X al argumentar que el Tribunal se tomó atribuciones que no le competen: "El TCP está ejerciendo de forma inconstitucional las competencias del Legislativo y, además, está usurpando la exclusiva tarea de habilitaciones o inhabilitaciones del Tribunal Supremo Electoral". Y sostuvo que la Constitución Política del Estado vigente en Bolivia "no prohíbe la reelección discontinua". Seguido de eso, se refirió al artículo 168 que reinterpretó el TCP mencionando que este establece que “el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos POR UNA SOLA VEZ DE MANERA CONTINUA”.

Luego cuestionó a las autoridades de Tribunal Constitucional Plurinacional, acusándolo de tomar la decisión con una "mayoría de magistrados de facto", y dijo que irá a los tribunales internacionales. 

Qué dice la Constitución y cuál es la interpretación del TCP

"El Presidente y el Vicepresidente están habilitados para una reelección por una sola vez de manera continua", afirma el artículo 168 de la Constitución boliviana. Por su parte, los miembros miembros del TCP consideran que el término "una sola vez" representa también "la limitación de alcanzar un tercer mandato", sea de forma "continua o discontinua".

Evo Morales y la denuncia radicada en Argentina en su contra por "delitos de lesa humanidad"

El expresidente de Bolivia fue denunciado en las últimas horas por "presuntos delitos de lesa humanidad cometidos en su país" durante su gobierno "desde enero de 2006 a noviembre de 2019", que implicarían ser "consistentes en masacres contra la población, torturas y trato inhumano", por lo que se reclamó que se lo investigue en base al principio de justicia universal.

La presentación fue hecha por el Foro Argentino por la Defensa de la Democracia, organización fundada en 2020 y sostenida por militantes liberales. La denuncia recayó por sorteo en el juzgado federal 5 a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti en los tribunales federales de Retiro, según detallaron fuentes judiciales a la agencia Noticias Argentinas

De acuerdo a la denuncia, los hechos "deberían juzgarse en Argentina" porque en Bolivia el sistema judicial “no tiene condiciones para actuar con independencia”. Según relata la presentación que firman además ciudadanos de ese país, en el gobierno de Morales se habrían documentado el "uso excesivo de la fuerza estatal" en represión de protestas, entre otros hechos "contra la población civil y en particular contra opositores políticos".

“La falta de garantías judiciales en Bolivia torna inoperante cualquier intento de justicia local, motivo por el cual esta acción ante tribunales argentinos resulta necesaria”, sostienen los denunciantes. Citaron ley 26.200 que implementa el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional para el juzgamiento en base al principio de justicia universal de crímenes de lesa humanidad.