Cada día crece más el uso de las transferencias de dinero de manera virtual ya sea a través de las aplicaciones de los bancos o las billeteras virtuales, pero todas las personas tienen que tener en cuenta que la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece ciertas reglas que en caso de no cumplirlas puede traer sanciones.
En ese sentido, la ex AFIP establece límites mensuales de movimientos para las personas que, en caso de pasarlos y no poder demostrar su origen, la entidad puede intervenir con investigaciones y medidas que incluyen desde multas hasta bloqueos temporales de cuentas. También esto puede derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para indagar posible lavado de dinero.
Ante este presente, los contribuyentes tienen que evitar estas acciones:
- No contestar requerimientos de bancos o billeteras virtuales: si una entidad solicita justificar el origen de los fondos, es obligatorio presentar la documentación correspondiente dentro de los plazos establecidos. De lo contrario, la operación puede ser reportada como sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
- No contar con respaldo del origen del dinero: es indispensable conservar comprobantes que acrediten cada movimiento, incluso entre cuentas propias. Si los ingresos no están debidamente declarados, tanto ARCA como las entidades financieras pueden exigir explicaciones.
- Exceder los topes sin una justificación válida: realizar transferencias por encima de los montos permitidos sin respaldo puede dar lugar a controles o inspecciones para verificar la procedencia de los fondos.
- Realizar operaciones que superan los montos establecidos: la ex AFIP establece montos mensuales tanto para las personas físicas como para las empresas y es para todas las operaciones.
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Los límites para las transferencias en diciembre
- Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
- Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
- Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
- Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.
- Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
