El fallo judicial que limita las sanciones de ARCA

La Justicia determinó que la ex AFIP concurría en un error a la hora de emitir una sanción a los contribuyentes.

19 de marzo, 2025 | 04.30
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El Tribunal Fiscal de la Nación falló en contra de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y limitó su accionar en cuanto a la sanción que emitía el organismo por un tipo de facturación.

Según la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), los comprobantes que representaban una operación inexistente eran consideradas facturas apócrifas y así el ente nacional podía inspeccionar períodos anteriores no prescriptos. 

De esta manera, ARCA consideraba a las facturas inválidas y a las que respaldaban operaciones con contribuyentes que no eran confiables, facturas apócrifas, cuando en realidad no lo eran porque documentaban operaciones comerciales que habían existido, dejando de lado las fallas detectadas en las facturas. 

Sin embargo, un fallo le dio la razón a un contribuyente que fue a la Justicia y la ex AFIP tuvo que reconocer las DDJJ del proveedor presentadas en el IVA y en el Impuesto a las ganancias y así brindarle los beneficios que le correspondían. De esta manera se sentó un precedente para los reclamos de los usuarios que hayan tenido el mismo problema con el fisco. 

ARCA confirmó cambios para la entrada y salida de dólares: todo lo que tenés que saber

Desde su creación, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) profundizó los controles sobre los usuarios y sus cuentas y por este motivo comunicó el lanzamiento de una nueva medida sobre el manejo de dólares en efectivo que ingresan y salen del país.

Es así cómo la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) busca regular y monitorear de manera más eficiente el movimiento de estas divisas, evitando irregularidades y promoviendo una mayor claridad a la hora de realizar operaciones internacionales. Según el ente creado por Javier Milei, el objetivo es lograr mayor trasparencia.

En ese contexto, ARCA estableció que los viajeros y tripulantes que lleguen al país con un monto igual o superior a 10 mil dólares deben declararlo ante la Aduana. Además, no podrán retirar del país dinero en efectivo ni bienes negociables que sumen esa misma cantidad. En caso de no declararlo, puede enfrentar sanciones severas, como la retención de los bienes no declarados o multas.

Cuál es el proceso para declarar los bienes y dólares ingresados al país:

  • Completar el formulario OM 2249-A, proporcionado por la Aduana, y firmarlo por el declarante.
  • Consultar la información detallada en el sitio web oficial de la agencia para conocer más sobre el proceso.
  • El monto deberá ser calculado de acuerdo con el tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior al ingreso.

Los cambios de ARCA para la entrada y salida de dólares.