La Jefatura de Gabinete de Ministros oficializó, este viernes, los días no laborables con fines turísticos para 2026, en el marco del régimen de feriados y jornadas especiales previsto por la Ley 27.399.
A través de la Resolución 164/2025, publicada el 23 de diciembre, el Gobierno fijó como días no laborables el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre del próximo año.
Se trata de virtuales feriados puente, aunque en técnicamente no lo son ya que estos días contarán como no laborales y no como feriados propiamente dichos. Los días no laborales le dan el poder al empleador para determinar si se trabajan normalmente, si se pagan horas extras dobles o si no se trabaja.
La medida apunta a promover el turismo interno y a atenuar la estacionalidad del sector, concentrando actividad en fines de semana largos.
La norma se apoya en la facultad que la ley otorga al Poder Ejecutivo para establecer hasta tres días no laborables anuales con fines turísticos, que deben coincidir con lunes o viernes. Esa competencia fue delegada por el gobierno de Javier Milei en la Jefatura de Gabinete mediante el Decreto 614/2025, que la designó como autoridad de aplicación del régimen de feriados.
Según los considerandos, la política busca impulsar el movimiento turístico y la actividad económica asociada, distribuyendo la demanda a lo largo del año.
Cuáles son los 3 nuevos fines de semana largo
Gracias a la medida publicada hoy en el Boletín Oficial, el 2026 tendrá 3 nuevos fines de semana largo por los días no laborables con fines turísticos:
- Del sábado 21 al martes 24 de marzo
- Del jueves 9 de julio al domingo 12 de julio
- Del sábado 5 al martes 8 de diciembre
Cuáles serán los feriados inamovibles del 2026
Antes, a inicios de diciembre, el Gobierno ya había establecido el calendario de feriados del año 2026. Los feriados inamovibles del calendario argentino están definidos por la Ley Nº 27.399. Estas fechas ordenan todo el año laboral y turístico de los argentinos. En 2026 los días de asueto inamovibles son:
- Jueves 1 de enero: Año Nuevo
- Lunes 16 y martes 17 de febrero: Carnaval
- Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- Viernes 3 de abril: Viernes Santo
- Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador
- Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano – Día de la Bandera.
- Jueves 9 de julio: Día de la Independencia.
- Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
- Viernes 25 de diciembre: Navidad.
Feriados trasladables del 2026: cuáles se mueven
La ley 27.399 establece que los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles pueden ser trasladados al día lunes anterior. Mientras que los que coincidan con los días jueves y viernes pueden ser movidos al lunes siguiente. En 2026 los feriados trasladables son:
- Miércoles 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Güemes
- Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín
- Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- Viernes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
