Este viernes 16 de mayo comenzó la veda electoral de cara a las elecciones legislativas de 2025 del próximo domingo 18 en la Ciudad de Buenos Aires. Hasta qué hora se puede comprar alcohol el sábado previo a los comicios.
Veda electoral en CABA 2025: hasta qué hora venden alcohol el sábado 17 de mayo
La veda en estas elecciones comienza el viernes 16 a las 8 y dura hasta tres horas después de la elección del domingo, es decir, hasta las 21. Los ciudadanos que no la respeten podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas dependen del incumplimiento en el que incurran.
Durante este periodo está prohibida la venta de cualquier clase de bebida alcohólica desde las 20 del sábado 17 y hasta las 21 del día en que se celebran los comicios. Quienes vendan bebidas alcohólicas durante ese período podrían llegar a recibir penas de prisión de entre 15 días y seis meses.
Qué cosas no se pueden hacer durante la veda electoral
Además, de no estar permitido comprar ni vender alcohol, durante la veda tampoco se pueden realizar otro tipo de actividades que pongan en riesgo el correcto desarrollo de los comicios, el Código Electoral define:
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Admitir reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
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Realizar espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
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El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
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Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
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La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
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Realizar actos públicos de proselitismo
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Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
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Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
¿Qué pasa si rompo la veda electoral?
Los ciudadanos que incumplan con la veda estarán acusados de una violación al Código Electoral y serán sancionados si la Justicia comprueba la falta. Cada pena depende del incumplimiento en el que incurran. Por ejemplo, la persona que incumpla la veda electoral puede percibir una multa de entre 10.000 y 100.000 pesos.
Además, se impondrá hasta 15 días de prisión a todo aquel que porte armas, utilice banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada la veda electoral.
Por su parte, la agrupación política que realice actos de campaña, durante la veda electoral, será sancionada con la quita del derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual, por un período de 1 a 4 años y los fondos para el financiamiento de campaña por una 1 a 2 elecciones.