El pasado 13 de noviembre, la Unicameral de Córdoba aprobó la nueva Ley de Seguridad Náutica, que regula dicha actividad en la Provincia. La actualización de esta normativa, vigente desde 1968, busca contribuir a la seguridad integral para la navegación de lagos, lagunas, ríos, arroyos y cursos de agua navegables en el territorio provincial.
Con el inicio de la temporada de verano, la provincia que gobierna Martín Llaryora estrenó la normativa que incluye la implementación de controles de alcoholemia con tolerancia cero para quienes conducen embarcaciones a motor. El fin de semana pasado, se realizaron patrullajes simultáneos con embarcaciones tripuladas por representantes de Prefectura Naval Argentina, el Departamento Unidades de Alto Riesgo (DUAR) y la Dirección de Seguridad Náutica en los principales espejos de agua, como los lagos San Roque y Embalse, laguna Mar Chiquita, Diques Los Molinos, Cruz del Eje, La Quebrada, y La Viña,
"Es un modelo diferente al de la Caminera; aquí los barcos salen a buscar y controlar las embarcaciones que están en actividad", explicó Roberto Schreiner, vocero de la Secretaría de Gestión de Riesgo. En ese sentido, destacó que la falta de una ley específica sobre seguridad náutica en el pasado había generado serios inconvenientes, ya que la ausencia de una reglamentación clara impedía tomar medidas frente a situaciones riesgosas. "Como no había una ley, ningún tipo de reglamentación, no se podía hacer nada", expresó Schreiner.
Además, será obligatorio portar chalecos salvavidas adecuados al tipo de embarcación, un matafuego y los documentos habilitantes como el carnet de navegación y la documentación de la embarcación. La Dirección de Protección Civil ya inició en agosto una campaña de sensibilización, ya que distribuyó información a municipios con ríos de alta pendiente para prepararse para la temporada. Entre las acciones se incluye, por ejemplo, la instalación de cartelería preventiva.
Ley de Seguridad Náutica en Córdoba: principales puntos y posibles sanciones
En materia de prevención y control, la nueva Ley de Seguridad Náutica establece la realización de controles de documentación (matrícula de la embarcación y licencia del conductor), y como novedad la posibilidad de realizar controles de alcoholemia sobre embarcaciones. Inclusive, el nuevo marco normativo prevé la prohibición a futuro para la navegación en embarcaciones con motores de dos tiempos, como medida de protección ambiental.
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La matriculación de embarcaciones es obligatoria para la utilización de las aguas destinadas con fines de navegación en territorio cordobés. La misma será otorgada una vez acreditado el cumplimiento de requisitos como titularidad, certificado de aprobación del prototipo emitido por la Prefectura Naval Argentina y declaración de conformidad de serie emitida por el astillero, en los casos que correspondiere, certificado de importación de aduana y certificado de verificación técnica.
De acuerdo a la gravedad de la infracción cometida y a los antecedentes del infractor, el incumplimiento de la ley podrá ser sancionada a partir de multas, inhabilitaciones temporarias, incautación de embarcaciones, clausura preventiva, temporaria y definitiva de clubes, instituciones náuticas, puertos, fondeaderos, amarres, guarderías náuticas, boteras, guarda lanchas; e inhabilitación de ejercicio de la actividad ante la comisión de una infracción muy grave.