Reforma laboral: uno por uno, los puntos clave que afectan a los trabajadores

La nueva ley aprobada por el Senado modifica indemnizaciones, amplía la jornada laboral, limita convenios colectivos y busca fomentar el empleo formal.

28 de febrero, 2026 | 18.33

Sobre el cierre del período de sesiones extraordinarias, el Senado otorgó la sanción definitiva a la reforma laboral impulsada por Javier Milei. La versión convertida en ley proviene de la Cámara de Diputados, que eliminó el controvertido artículo sobre licencias médicas, lo que mantiene el esquema de pagos actual para enfermedades o accidentes.

La nueva legislación, con más de 200 artículos, se estructura en cinco ejes: modalidad laboral, incentivos a la formalización, justicia laboral, beneficios para medianas inversiones y cambios impositivos.

Salarios, indemnizaciones, jornada laboral y vacaciones

Se introduce el concepto de “salario dinámico”, con pagos por mérito o productividad según convenios o decisión del empleador. Los sueldos deberán acreditarse en entidades bancarias; se eliminó la opción de billeteras virtuales.

En indemnizaciones por despido, se excluyen conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios, y se establece un tope de hasta tres veces el salario promedio del convenio. Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) financiados por empleadores (1% grandes empresas, 2,5% pymes) y se permite pagar sentencias en cuotas (hasta 6 meses para grandes empresas y 12 para pymes).

La jornada diaria puede extenderse hasta 12 horas, respetando 12 horas de descanso entre jornadas. Se habilitan “bancos de horas” y el fraccionamiento de vacaciones en tramos no menores a 7 días.

Relación con gremios, derecho a huelga y período de prueba

Se debilita la ultraactividad de los convenios colectivos y se priorizan los acuerdos por empresa. En tanto, las guardias mínimas obligatorias varían según sector: servicios esenciales 75%, servicios trascendentales 50%, fuerzas de seguridad 100%. Además, la cuota sindical compulsiva se limita al 2% del salario y los aportes patronales a 0,5%.

El período de prueba general pasa de 3 a 6 meses (8 meses para empresas con hasta 5 empleados), durante el cual el empleador puede rescindir sin indemnización, pero debe registrar al trabajador desde el primer día. La ley deroga sanciones previas por empleo no registrado, reemplazándolas por el programa PER (Promoción del Empleo Registrado), que permite condonación de hasta 70% de deudas por aportes y extinción de acciones penales.

Justicia laboral, límites a la litigiosidad e Incentivos a la formalización

Se limita a 25% del monto de la sentencia los honorarios de abogados y peritos y las deudas laborales se actualizarán por IPC + 3% anual. La Justicia Nacional del Trabajo se traslada a Buenos Aires y se establecen costos judiciales más acotados.

Además del PER, se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) con aportes reducidos para nuevos trabajadores bajo ciertas condiciones. El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) ofrece beneficios fiscales para inversiones de US$150.000 a US$9 millones.

Cambios impositivos, culturales y derogación de estatutos

Se eliminan impuestos internos sobre celulares, productos electrónicos, automotores y seguros. En 2028, dejará de existir el fondo específico que financia al INCAA a través de impuestos a entradas de cine y videogramas.

Asimismo, se suprimen estatutos especiales para ciertos oficios, entre ellos, el del periodista profesional, que quedará derogado en 2027. A su vez, se crea la figura del “repartidor independiente” para plataformas digitales, definiendo el vínculo como contrato de servicio independiente.