El Juez federal Daniel Rafecas procesó a la diputada nacional del FITU-PO, Vanina Biasi, por violación a la Ley Antidiscriminatoria 23.592, a raíz de una serie de mensajes publicados en su cuenta de la red social X, en los que comparaba al Estado de Israel con el régimen nazi, y le asignaba a dicho Estado el rol de genocida, a la vez que equiparaba las consecuencias del conflicto armado en esa región con el Holocausto.
Según Rafecas, las expresiones de Biasi “configuran una acción discriminatoria que alienta al odio contra la comunidad judía". Además, sostiene que a la acusada no se le puede escapar la particular circunstancia de que Argentina sufrió dos atentados "guiados por el odio antisemita", como fueron los ataques a la Embajada de Israel, el 17 de marzo de 1992, y a la AMIA el 18 de julio de 1994.
El juez consideró que, a partir de la sumatoria de tuits agraviantes, la diputada "habría abusado del derecho constitucional de la libertad de expresión, ya que sus manifestaciones habrían significado la exteriorización de propaganda cuyo objeto no resulta sino la justificación o promoción de la discriminación religiosa, alentadora y/o incitadora, asimismo, a la persecución o el odio contra un grupo de personas a causa de su religión, nacionalidad o ideas políticas”.
En la resolución, se señala que las acciones típicas como la de alentar o incitar a la persecución o el odio se encuentran reflejadas en el discurso de Biasi, como caracterizar al Estado de Israel y al sionismo, como nazi, genocida y responsable de apartheid; incitando al odio sobre las personas que se identifican con ello. "Como ya ha quedado reflejado, criticar al sionismo o al Estado de Israel en su totalidad, es responsabilizar a la comunidad judía por los actos del gobierno israelí, y ello lleva a visibilizar e incitar al odio contra aquella comunidad", se explica.
La candidata a legisladora porteña fue indagada el año pasado en Comodoro Py y hoy el juez Rafecas resolvió su situación: el magistrado también tuvo en cuenta que Biasi posee gran número de seguidores en su cuenta de X, por lo que sus mensajes son retuiteados y llegan a innumerables destinatarios. A su vez, le trabó un embargo por $10 millones. De confirmarse esta decisión, enfrentará un juicio oral y público por estos sucesos.
El juez Rafecas procesó a la diputada Vanina Biasi: inicio de la causa
La causa se inició por una denuncia del fiscal federal Carlos Stornelli contra Biasi por publicaciones de 2023. El fiscal dijo que se trató de “manifestaciones que tuvieron por posible objeto la justificación o promoción de la discriminación religiosa, alentando y/o incitando a la persecución o el odio contra un grupo de personas a causa de su religión, nacionalidad o ideas políticas".
Asimismo, señaló que las manifestaciones vertidas por Biasi en relación a la liberación de la niña Emily Hand -relató Rafecas sobre la presentación de Stornelli-, quien se encontraba cautiva en manos de la Organización Hamas: “Miles sufriendo porque Emily había sido asesinada y finalmente todo era una construcción de la narrativa sionista a la que poco le importa la vida de la gente y su sufrimiento”, dijo Biasi en uno de los psteos en la red social X sobre lo que ocurre en Palestina.
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En otro posteo, la diputada señaló que “el Estado sionista es nazi por sus prácticas y su ideología y entiendo que a un propagandista de un Estado terrorista, genocida y asesino de niños le moleste leerlo, pero sus patoteadas no me van a silenciar”. “Las ocho publicaciones individualizadas en esta resolución no superan el análisis que permitiría considerarlas dentro del ámbito del legítimo ejercicio del derecho de la libertad de expresión”, consideró Rafecas, y agregó que esos mensajes “alentarían o incitarían a la persecución o el odio contra la comunidad judía, lesionando los principios de igualdad y trato no discriminatorio”.
Los hechos fueron encuadrados en el artículo 3 de la Ley 23.592, que dice: “Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas...”.