Comenzó a regir formalmente en la Argentina el nuevo Régimen Penal Juvenil, una reforma que desplaza la normativa de minoridad vigente desde 1980 y establece que los adolescentes a partir de los 14 años podrán ser imputados por la comisión de delitos. "Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás", advirtió la jefa de la bancada de La Libertad Avanza (LLA) en el Senado, Patricia Bullrich, quien tuvo un rol clave para que los cambios se transformaran en ley.
A través de sus redes sociales oficiales, Bullrich enfatizó que, con la vigencia de la nueva norma, "se terminó la excusa de la edad para delinquir. El que roba, mata o lastima, responde por lo que hace". Para la legisladora, este cambio normativo rompe con un esquema de impunidad de décadas.
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"Durante años, los delincuentes menores tuvieron impunidad. Hoy empieza a cambiar. Porque la Ley tiene que proteger a las víctimas y no a los delincuentes, como les gusta a algunos. Se terminó la impunidad", expresó, al tiempo que dedicó un mensaje directo a los familiares de los afectados por hechos delictivos: "Y para las víctimas de menores delincuentes y sus familias, una pizca de la justicia que nunca van a tener".
La nueva legislación fija un límite jurídico preciso: la responsabilidad penal juvenil se aplica estrictamente desde los 14 hasta los 18 años. Los menores de 14 años continúan quedando fuera de la imputabilidad penal ordinaria, un aspecto que generó debates en el propio oficialismo durante su tratamiento en el Congreso, donde legisladores como la salteña María Emilia Orozco manifestaron abiertamente que si fuese por ellos "no habrían puesto límite de edad".
Penas límites, presupuesto y dudas operativas sobre la reforma
El nuevo régimen dispone de un presupuesto nacional de $23.739.155.303,08 aprobado por el Congreso para sostener la estructura de su implementación en todo el territorio nacional. A nivel de penalidades, el esquema prohíbe de manera expresa las condenas a reclusión y prisión perpetua para las y los adolescentes.
El límite máximo de las penas privativas de la libertad se fijó en 15 años de prisión, permitiendo el acceso a la libertad condicional únicamente tras cumplir los dos tercios de la condena y bajo un estricto cumplimiento de los requisitos legales.
En este sentido, Bullrich argumentó durante el debate legislativo que "la prisión es el último recurso", por lo que la ley contempla diversas medidas alternativas para delitos con escalas penales de entre 3 y 10 años, tales como: reglas de conducta, amonestaciones formales, restricciones de acercamiento, reparación de daños a las víctimas y la realización de servicios comunitarios o la incorporación del monitoreo electrónico mediante pulseras.
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Por otro lado, la normativa prohíbe de forma tajante que los menores compartan encierro con adultos. Su alojamiento se dará en instituciones acondicionadas con personal especializado, que podrán ser institutos abiertos, especializados de detención o arresto domiciliario.
También se resguarda el derecho a la privacidad de los imputados mediante la prohibición de difundir identidades o imágenes que permitan reconocerlos, al tiempo que se establece la responsabilidad civil de los padres por los daños materiales ocasionados por los delitos de sus hijos y se permite una mayor intervención de las víctimas en los procesos.
No obstante, la entrada en vigor de la norma se produce en un escenario de incertidumbre en los juzgados de menores de diversas jurisdicciones. Fuentes judiciales advierten sobre un inminente incremento en el volumen de expedientes y plantean serias dudas respecto de si se dispone de la infraestructura de alojamiento, del personal técnico idóneo, de la cantidad de dispositivos de monitoreo electrónico y de los supervisores especializados requeridos para garantizar la aplicación efectiva del nuevo marco legal a lo largo y ancho del país.
