El gobierno de Javier Milei pidió este miércoles al Poder Judicial que no intervenga en causas contra el DNU en dos informes enviados al juzgado que habilitó la feria para que se evalúen los amparos en contra de la resolución. "No hay dudas que la valoración política de la excepcionalidad, la necesidad y urgencia es del Poder Ejecutivo Nacional, y del Congreso de la Nación, mas no del Poder Judicial", subrayaron los abogados de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Rodolfo Barra.
Desde el oficialismo argumentan que se trata de "una cuestión política" y que ya lo está tratando el Congreso, a pesar de que la Bicameral no está en funciones aún. En el Gobierno evitan explicar la contradicción que implica el envío de un decreto desregulatorio de la economía -sujeto a evaluaciones jurídicas- en vez de haberlo hecho a través de otro proyecto de ley.
MÁS INFO
En uno de los escritos, citados por Télam, señalan que el análisis del DNU y del contexto en el que está inscripto "constituyen una verdadera cuestión política (institucional) que debe ser considerada como no justiciable". La postura de Casa Rosada quedó plasmada en dos informes de más de 80 páginas cada uno presentados ante el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico quien se encuentra de turno en la feria judicial y quien recientemente desarticuló la estrategia de Milei para remover de la ecuación al fuero laboral, que hasta ahora ya dictó dos cautelares que suspendieron los artículos referidos a una reforma laboral. Lavié Píco no solamente habilitó la feria judicial para que se trate el amparo contra todo el DNU sino que también evitó que se unifiquen los amparos que están siendo tratados o fueron presentados en otros fueros. El Gobierno ya apeló.
"Actualmente el DNU se encuentra bajo la revisión y control del Congreso de la Nación; por lo que, la intervención de la Justicia en esta instancia sería al menos prematura además de transgredirse el principio de división de poderes", sostuvieron los abogados en estos dos informes presentados en las últimas horas, y agregaron: "La necesidad y urgencia constituyen una verdadera cuestión política (institucional) que debe ser considerada como no justiciable. Asimismo, la imposibilidad de cumplir con el trámite ordinario para la sanción de las leyes, es una cuestión que remite a cuestiones de oportunidad mérito y conveniencia, lo cual también es de valoración estrictamente política".
Los informes fueron presentados en los expedientes iniciados con las acciones de amparo contra el DNU realizadas por el abogado Jorge Rizzo, por un lado, y asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, por otro. En ambos casos se reclamó que se declare la inconstitucionalidad del DNU y que hasta que eso ocurra se dicte una medida cautelar que suspenda todos sus efectos, ante lo cual el juez Lavié Pico había solicitado los informes del Gobierno para cada caso.
Cambios en el proyecto de ley ómnibus
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, confirmó hoy la decisión del gobierno nacional de retirar del proyecto de ley ómnibus enviado al Congreso el artículo que obliga a pedir permiso para reuniones de más de tres personas, cuestionado por sectores de la oposición.
"Es nuestro objetivo retirar ese artículo directamente porque ya está suficientemente explicado en otro", dijo Bullrich al exponer en el marco de las comisiones de Legislación General, Asuntos Constitucionales y Presupuesto de la Cámara de Diputados, donde dijo que había concurrido para "explicar tres temas que se han planteado respecto de seguridad en esta ley". Sostuvo que estos temas serán al margen de otros proyectos como modificaciones al Código Penal, la puesta en marcha del Código Procesal Penal, Código de Minoridad y otros temas, que, dijo, "iremos enviando".
"Para facilitar la discusión, y como en realidad tres o más, cinco, uno, diez o veinte que corten una autopista o un puente o que impidan la circulación de tránsito da lo mismo, y generó esta confusión; vengo a decir que es nuestro objetivo retirar ese articulo directamente porque ya está suficientemente explicado en otro", sostuvo la funcionaria. El artículo en cuestión señala que se define como "'reunión' o 'manifestación' a la congregación intencional y temporal de tres (3) o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos en la presente".