Tarjetas de crédito: los cambios y medidas que propone el DNU

El DNU anunciado por Javier Milei tiene nuevas regulaciones y modificaciones en las tarjetas de crédito, que son importantes repasar para conocer sus aplicaciones. 

22 de diciembre, 2023 | 13.20
Consumidor comprando con una tarjeta de crédito Consumidor comprando con una tarjeta de crédito

El Gobierno nacional, dirigido por el presidente Javier Milei, introdujo cambios significativos en el mercado de tarjetas de crédito mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Estas modificaciones buscan desregular y simplificar el mercado, adaptándolo a los cambios recientes en modalidades de relacionamiento y tecnologías de digitalización.

Sin duda, entre lo anunciado se destacan algunos de los principales cambios y flexibilizaciones establecidas por el DNU.

Tasas de interés

  • Eliminación de límites: se elimina el tope de tasa que se le cobra a comercios (3% en tarjetas de crédito y 1,5% en débito).
  • Interés punitorio: supresión del tope al interés punitorio por demoras en el pago.
  • Derogación de sanciones: se derogan sanciones a las empresas en caso de no informar la tasa de interés.

Sistema de tarjetas de crédito

  • Redefinición: el DNU redefine al Sistema de Tarjetas de Crédito como un conjunto de contratos individuales con tres finalidades principales.

Javier Milei junto a su gabinete en el anuncio del DNU.

Emisor de tarjetas de crédito

  • Definición: el emisor de tarjetas de crédito será cualquier entidad que emita tarjetas de crédito o haga efectivo el pago, siempre que esté previsto dentro de su objeto social.

Denominación de la tarjeta de crédito

  • Definición: se establece que la tarjeta de crédito es un instrumento de identificación del usuario, que puede ser físico o virtual, magnético o de cualquier otra tecnología emergente.

Contratos

  • Tasa de financiación: se obliga a las entidades emisoras a dar a conocer públicamente la tasa de financiación aplicada al sistema de tarjeta de crédito.
  • Intereses punitorios no capitalizables: se establece que los intereses punitorios no serán capitalizables.
  • Resumen mensual de operaciones: los emisores deben confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.
  • Tiempo de recepción del resumen: el resumen debe ser recibido por el titular con una anticipación mínima de cinco días antes del vencimiento de la obligación de pago.
  • Contenido del contrato tipo: se detallan los elementos mínimos que debe contener el contrato tipo entre el emisor y el proveedor, incluyendo plazos de vigencia, topes máximos por operación, comisiones, intereses, cargos administrativos, y otros requisitos.

Las tarjetas de crédito tuvieron modificaciones en su política.

Cambios en artículos y derogaciones

  • Derogación de artículos: se derogan varios artículos de la Ley 25.065, sancionada en 1998, incluyendo el Artículo 5º relacionado con la identificación en la tarjeta, el Artículo 17º sobre sanciones, entre otros.
  • Modificaciones en artículos: se realizan modificaciones en varios artículos, incluyendo el Artículo 2º sobre la oferta de tarjetas de crédito, el Artículo 4º sobre tarjetas digitales, el Artículo 14° sobre el pago mínimo, y otros.

Este conjunto de medidas deberán medir su impacto y aceptación pueden variar según distintos sectores y actores involucrados. Asimismo, es innegable que los controles disminuyeron y se verá cómo afectan a la ciudadanía.