El INDEC publicó recientemente el dato de inflación de diciembre, lo que implica una actualización del 2,7% en el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias. Este ajuste sigue la inflación acumulada, conforme a la ley 27.737, conocida como la reforma fiscal. El aumento será del 12%, lo que eleva el piso del impuesto a más de $2.285.000 para los trabajadores solteros sin hijos.
Este ajuste tiene en cuenta la inflación acumulada entre septiembre y diciembre de 2024, ya que en septiembre de 2024 se realizó una actualización parcial del 13%, que hizo que los sueldos a partir de $2.040.300 (para solteros) y $2.682.208 (para casados con dos hijos) quedaran alcanzados por el impuesto.
Hasta julio de 2024, el ajuste de Ganancias se realizaba una vez al año, con base en la remuneración promedio (RIPTE) acumulada en los últimos 12 meses hasta octubre del año previo. Sin embargo, la reforma fiscal impulsada por Javier Milei establece que, a partir de 2025, el ajuste se realizará cada seis meses, en enero y julio, tomando como referencia la inflación acumulada.
Impuesto a las Ganancias con nueva actualización
El ajuste del 12% deja el nuevo piso de Ganancias en $2.285.136 brutos para los trabajadores solteros sin hijos y supera ligeramente los $3 millones brutos para los casados con dos hijos. Para la próxima actualización de julio de 2025, se tomará en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de enero a junio, mientras que la de enero de 2026 se basará en la inflación del segundo semestre (de julio a diciembre de 2025).
A partir de mitad de cada mes de actualización, se conocerá el nuevo piso, las escalas y las deducciones que regirán durante los siguientes seis meses. Estos valores serán publicados por ARCA.
Cuál es el mínimo no imponible para febrero
La actualización del mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias entrará en vigencia con los sueldos de febrero de 2025. Como establece la nueva ley, este ajuste se realiza en función de la variación de precios medida por el INDEC.
Además del mínimo no imponible, el ajuste también afecta a las deducciones y las escalas que determinan el porcentaje de impuesto a pagar según los ingresos. El nuevo mínimo no imponible para el primer semestre de 2025 queda establecido de la siguiente manera:
- Solteros sin hijos: sueldo bruto de $2.285.136.
- Empleados casados con dos hijos: sueldo bruto de $3.000.000. Para enero, el mínimo no imponible era de $2.682.208.