La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en conjunto con las Secretarías de Energía y de Agricultura, Ganadería y Pesca, definió las condiciones y los lineamientos operativos para reglamentar y poner en marcha el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), orientado a las pymes.
La reglamentación del régimen establecido por la Ley 27.802 (reforma laboral) quedó oficializada a través de la Resolución General Conjunta 5849/2026, difundida este lunes en el Boletín Oficial. Con esta medida, se completa el Decreto 242/2026, que un mes atrás había marcado el inicio del proceso reglamentario.
El propósito principal del RIMI es estimular inversiones medianas, de origen local y extranjero, con el fin de impulsar las cadenas de valor, mejorar la competitividad de los sectores productivos, promover nuevos puestos de trabajo y aumentar las ventas externas.
Beneficios previstos y actividades incluidas
El esquema contempla beneficios impositivos relevantes, entre ellos la posibilidad de aplicar amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y obtener la devolución de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por inversiones en bienes muebles amortizables y en obras productivas.
Aunque el régimen establece la obligación de alcanzar un monto mínimo de inversión dentro de un período de dos años, la resolución precisa que determinadas inversiones productivas quedan excluidas de ese requisito. Entre los casos contemplados figuran:
- Sistemas y equipos de riego.
- Bienes de alta eficiencia energética.
- Mallas antigranizo para el sector agropecuario.
- Bienes semovientes.
Quiénes pueden acceder al RIGI
El beneficio podrá ser solicitado por quienes sean considerados Micro, Pequeñas o Medianas Empresas (MiPyME), incluyendo hasta la categoría de Mediana Empresa Tramo 2.
Para poder ingresar al régimen, las compañías deberán tener vigente el “Certificado MiPyME” al comienzo del ejercicio fiscal en el que se concrete la primera inversión. Además, tendrán que figurar formalmente registradas bajo esa condición en el "Sistema Registral" del organismo fiscal.
Las entidades sin fines de lucro, como asociaciones, fundaciones o mutuales, que no cuenten con ese certificado deberán gestionar una calificación particular ante la Secretaría de Industria y Comercio para quedar identificadas en el sistema de ARCA.
Cómo se implementará el RIMI
Toda la administración del régimen, desde el registro de las inversiones hasta la elección de los beneficios, se canalizará únicamente mediante el servicio web “Sistema de Gestión de Inversiones (SGI)”, que estará a cargo de ARCA.
Respecto de las tareas de fiscalización, el organismo tributario comprobará que no existan deudas líquidas y exigibles al momento de pedir los beneficios. A su vez, las Secretarías de Energía y de Agricultura estarán habilitadas a efectuar auditorías para constatar que se cumplan los planes de inversión.
La normativa también precisó que el incumplimiento de las condiciones establecidas podrá provocar la pérdida del beneficio, lo que obligará al beneficiario a devolver los créditos fiscales y los impuestos no ingresados, junto con los intereses y las multas correspondientes.
