El Gobierno aumentó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y las billeteras digitales deben reportar transferencias al organismo recaudador ARCA. Esta actualización es una práctica habitual que ajusta los valores en función del contexto inflacionario y la creciente nominalidad de la economía argentina.
En términos prácticos, esta medida no afecta el funcionamiento de los mecanismos de transferencias o envíos de dinero realizados por los contribuyentes a través de cuentas bancarias, billeteras digitales (como Ualá, Naranja X, Mercado Pago, Personal Pay, entre otras), fintech o plataformas de home banking.
El Gobierno actualizó los montos mínimos a partir de los cuales las entidades financieras están obligadas a reportar transferencias y transacciones al organismo recaudador ARCA. Esta medida, implementada en el marco del régimen de información establecido hace siete años mediante la Resolución 4928/2018 de la entonces AFIP, tiene como objetivo fortalecer las herramientas de monitoreo y fiscalización de grandes movimientos de capitales.
El régimen, diseñado para ser actualizado periódicamente en función de la inflación, establece los siguientes nuevos valores, que comenzarán a regir a partir del 1° de enero:
- $600.000: monto mínimo para reportar el total de consumos con tarjetas de débito y los movimientos (ingresos o egresos) en billeteras virtuales.
- $1.000.000: piso mínimo para informar acreditaciones bancarias totales, depósitos a plazo fijo, extracciones de efectivo (en el país o el exterior) y saldos disponibles en cuentas bancarias o billeteras virtuales al último día de cada mes.
- $2.000.000: monto mínimo para transferencias bancarias o virtuales, incluyendo las realizadas desde o hacia billeteras digitales.
Estos valores reemplazan los montos previos de $400.000 y $700.000, que estuvieron vigentes desde el 1° de junio de 2024.
De acuerdo con la normativa, las entidades financieras (bancos, billeteras digitales, proveedores de pago, etc.) deben informar a ARCA el detalle de las operaciones comprendidas, incluyendo montos, números de cuenta, fechas, tipos de movimiento, y el CBU asociado, entre otros datos. Además, el esquema establece que los importes serán actualizados de manera semestral.
Cuáles son los documentos que pide el ARCA si detecta algún movimiento raro
- Boletas de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o una empresa.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Certificado de fondos emitido por un contador público
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo de recaudación nacional que reemplazó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), reforzó los controles sobre los movimientos de los usuarios, lo que trajo dolores de cabeza para muchos.