Transferencias: cuál es el nuevo límite por el que ARCA te investiga en enero 2025

ARCA, la ex AFIP, aumentó los montos por los cuáles puede pedir información para tener control. 

03 de enero, 2025 | 16.03

El Gobierno aumentó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y las billeteras digitales deben reportar transferencias al organismo recaudador ARCA. Esta actualización es una práctica habitual que ajusta los valores en función del contexto inflacionario y la creciente nominalidad de la economía argentina.

En términos prácticos, esta medida no afecta el funcionamiento de los mecanismos de transferencias o envíos de dinero realizados por los contribuyentes a través de cuentas bancarias, billeteras digitales (como Ualá, Naranja X, Mercado Pago, Personal Pay, entre otras), fintech o plataformas de home banking.

Cuánto puedo transferir sin que sepa AFIP

El Gobierno actualizó los montos mínimos a partir de los cuales las entidades financieras están obligadas a reportar transferencias y transacciones al organismo recaudador ARCA. Esta medida, implementada en el marco del régimen de información establecido hace siete años mediante la Resolución 4928/2018 de la entonces AFIP, tiene como objetivo fortalecer las herramientas de monitoreo y fiscalización de grandes movimientos de capitales.

El régimen, diseñado para ser actualizado periódicamente en función de la inflación, establece los siguientes nuevos valores, que comenzarán a regir a partir del 1° de enero:

  • $600.000: monto mínimo para reportar el total de consumos con tarjetas de débito y los movimientos (ingresos o egresos) en billeteras virtuales.
  • $1.000.000: piso mínimo para informar acreditaciones bancarias totales, depósitos a plazo fijo, extracciones de efectivo (en el país o el exterior) y saldos disponibles en cuentas bancarias o billeteras virtuales al último día de cada mes.
  • $2.000.000: monto mínimo para transferencias bancarias o virtuales, incluyendo las realizadas desde o hacia billeteras digitales.

Estos valores reemplazan los montos previos de $400.000 y $700.000, que estuvieron vigentes desde el 1° de junio de 2024.

De acuerdo con la normativa, las entidades financieras (bancos, billeteras digitales, proveedores de pago, etc.) deben informar a ARCA el detalle de las operaciones comprendidas, incluyendo montos, números de cuenta, fechas, tipos de movimiento, y el CBU asociado, entre otros datos. Además, el esquema establece que los importes serán actualizados de manera semestral.

Cuánto puedo transferir sin vigilancia de ARCA

Cuáles son los documentos que pide el ARCA si detecta algún movimiento raro

  • Boletas de compra y venta.
  • Justificación de la venta de acciones o una empresa.
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
  • Facturación de los últimos meses.
  • Constancia del monotributo.
  • Certificado de fondos emitido por un contador público

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo de recaudación nacional que reemplazó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), reforzó los controles sobre los movimientos de los usuarios, lo que trajo dolores de cabeza para muchos.