IPS: fechas de pago del aguinaldo y haberes para jubilados y pensionados de provincia de Buenos Aires

El Instituto de Previsión Social (IPS) informó el cronograma de pago del medio aguinaldo y de los haberes de diciembre para jubilados y pensionados de la provincia de Buenos Aires.

18 de diciembre, 2025 | 16.15

El Instituto de Previsión Social (IPS) de la provincia de Buenos Aires informó el cronograma de pagos correspondiente al medio aguinaldo (SAC proporcional) y a los haberes del mes de diciembre para jubilados y pensionados bonaerenses. Según precisó el organismo previsional, el medio aguinaldo se abonará el lunes 22 de diciembre y alcanzará a todas las jubilaciones y pensiones, sin distinción por terminación de DNI. En tanto, las pensiones sociales no contributivas percibirán ese mismo día tanto el aguinaldo como los haberes de diciembre.

Por otra parte, el pago de los haberes mensuales de diciembre para jubilados y pensionados se realizará de manera escalonada, de acuerdo con el siguiente cronograma:

  • Lunes 29 de diciembre: jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0, 1, 2 y 3.
  • Martes 30 de diciembre: jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

Desde el IPS recordaron además que el vencimiento del pago por ventanilla será el 23 de enero de 2026, por lo que los beneficiarios contarán con un amplio margen para cobrar en caso de no hacerlo en las fechas previstas.

Pago haberes jubilatorios

Asimismo, el organismo aclaró que quienes perciben sus haberes a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires (BAPRO) podrán ver reflejado el depósito del medio aguinaldo a partir del sábado 20 de diciembre en sus cuentas bancarias.

El IPS es el organismo encargado de administrar el régimen jubilatorio provincial y de pagar los haberes a quienes realizaron la mayor parte de sus aportes en la provincia de Buenos Aires, a diferencia de otros beneficiarios que dependen del sistema nacional administrado por la ANSES.

Requisitos para obtener la jubilación del IPS

Los solicitantes deben cumplir con las siguientes condiciones, dependiendo de su actividad laboral:

  • 60 años de edad y 35 años de servicios.

  • 50 años de edad y 25 años de servicios docentes.

  • 55 años de edad y 30 años de servicios docentes en cualquier rama de la enseñanza.

  • 50 años de edad y 25 años de servicios insalubres o por agotamiento prematuro.

  • 40 años de edad y 20 años de servicios para el personal artístico dedicado exclusivamente a cuerpos de baile.

  • 45 años de edad y 20 años de servicios para personas con ceguera congénita.

  • 45 años de edad y 20 años de servicios bajo el régimen de la Ley 10593.

Jubilados IPS cuándo cobran

IPS: opciones para iniciar el trámite jubilatorio

Existen diferentes métodos para realizar el trámite jubilatorio, según el tipo de empleado:

  1. Turno presencial: disponible para agentes cesados de la administración pública provincial, organismos descentralizados, Poder Judicial, Poder Legislativo y el ámbito público y privado nacional. Los interesados pueden solicitar un turno a través del sitio web oficial del IPS.

  2. Sistema Digital Autogestión “Mi IPS”: los agentes cesados en escuelas privadas pueden tramitar su jubilación accediendo al Módulo de autogestión para el trabajador dentro del portal Mi IPS.

  3. Sistema Digital Empleadores: en este caso, deben dirigirse a la Dirección de Recursos Humanos del organismo empleador.

  4. Jubilación ejecutiva: dirigido a agentes cesados de la administración pública, especialmente para aquellos organismos que usan el sistema SIAPE. Para comenzar el trámite, deben acudir a la Dirección de Recursos Humanos del organismo empleador.

  5. Jubilación por agotamiento prematuro: está destinada a los médicos que deseen jubilarse antes de la edad establecida. Si no corresponde realizar un cargo por aportes no efectuados, deberán dirigirse al departamento de gestión de Recursos Humanos del hospital donde prestan servicios. Si corresponde el cargo deudor, deberán solicitar un turno presencial.

Cada opción se adapta a las circunstancias del trabajador, facilitando su acceso al sistema jubilatorio.